Conoce todo sobre la ley de alquiler vacacional en Andalucía.
Ley de alquiler de propiedades vacacionales en Andalucía.
A principios de 2016 Andalucía anunció su nueva normativa para el alojamiento turístico en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA).
Esta regulación de la industria de alquiler de inmuebles en Andalucía está muy atrasada y sigue a raíz de regulaciones similares implementadas en regiones como Cataluña en 2014.
Hemos elaborado un resúmen de los puntos más importantes de este decreto y las condiciones requeridas para registrar tu casa de vacaciones.
¿Cómo se clasifica 'alojamiento de vacacional?
Los alojamientos de alquiler vacacional se consideran propiedades ubicadas en una zona residencial y que se ofrecen regularmente con fines turísticos mediante un acuerdo de alquiler. En otras palabras, se promueven o comercializan a través de canales de turismo.
Se considera canal de turismo las agencias de viajes, las intermediarias (Airbnb) o las que brindan servicios que incluyen la posibilidad de realizar una reserva.
Excluidos de este decreto:
a) Hogares que tienen invitados donde no se hayan realizado transacciones financieras.
b) Viviendas contratadas por más de dos meses continuamente por el mismo inquilino (alquileres de vacaciones a largo plazo).
c) Viviendas que se ubican en zonas rurales (se rigen por el artículo 48 de la Ley 13/2011 de 23 de diciembre y por el Decreto 20/2002, de 29 de enero, de Turismo en Turismo Rural y Activo).
d) Un grupo de propiedades consistentes en tres o más viviendas con el mismo propietario, que están ubicadas en el mismo edificio o en urbanizaciones o edificios vecinos dentro de un radio de 1 km (se clasificarán como Apartamentos Turísticos y estarán sujetas al Decreto 194/2010 del 20 de abril).
¿Qué tipos de propiedades se pueden alquilar con fines turísticos?
a) Una propiedad en su totalidad. La capacidad máxima estará limitada por la licencia de ocupación, pero no podrá exceder las 15 personas, con una capacidad máxima de 4 personas por habitación.
b) Una habitación solamente. El propietario también debe residir en la propiedad. Puede usar un nombre reconocido internacionalmente (por ejemplo, Bed & Breakfast, etc.). La capacidad máxima será de 6 personas con un máximo de 4 personas por habitación.
¿Cuáles son los requisitos?
a) Tener una licencia ocupacional y cumplir con las condiciones técnicas y los requisitos de calidad para la vivienda.
b) Tener ventilación externa directa o a través de un patio y tener un sistema de sombreado de ventanas (un medio para oscurecer las ventanas con persianas o cortinas).
c) Estar suficientemente equipado y amueblado para su uso inmediato.
d) Tener instaladas unidades de aire acondicionado en todas las habitaciones y áreas de descanso que proporcionen refrigeración (si se alquila de mayo a septiembre) y calefacción (si se alquila de octubre a abril).
e) Tener un botiquín médico completo.
f) Proporcionar información sobre los servicios locales, es decir, tiendas, restaurantes, estacionamiento cercano, servicios médicos, transporte público, etc.
g) Tener un libro de Quejas y Reclamaciones.
h) Limpieza de la propiedad antes de la llegada y después de la salida de los hospedados.
i) Suministro de ropa de cama, toallas y artículos para el hogar en general, así como juegos de repuesto.
j) Proporcionar un número de contacto para estar disponible y poder responder preguntas o atender problemas relacionados con la propiedad.
k) Suministro de información e instrucciones para electrodomésticos.
l) Informar a los usuarios de las reglas de propiedad en relación con el uso de instalaciones, mascotas o restricciones de fumar.
Cómo registrar una vivienda en el Registro de Turismo de Andalucía.
a) El propietario debe enviar una declaración al Ministerio responsable del turismo, confirmando que la propiedad está de acuerdo con todos los requisitos del decreto. Una vez enviado, la propiedad se puede alquilar con efecto inmediato. El contenido mínimo de la declaración de responsabilidad incluirá:
- Detalles de la propiedad, incluida la referencia catastral y la capacidad máxima según lo establecido en la licencia de ocupación.
- Información sobre el propietario, ya sea una persona o una empresa, incluida la dirección de contacto para notificaciones.
b) El número de registro de la propiedad cedida por el Registro de Turismo de Andalucía debe estar indicado en todos los materiales de promoción o publicidad de la propiedad.
c) El Registro de Turismo de Andalucía debe ser notificado de cualquier cambio en circunstancias tales como el cambio a alquileres a largo plazo.
¿Quién es legalmente responsable ante la Administración y los arrendatarios?
El propietario se considera legalmente responsable ante la administración y los turistas, a menos que se indique lo contrario.
¿Cómo se organiza el proceso de alquiler, fijación de precios y manejo de las reservas?
a) Todos los turistas deben recibir un documento, a modo de contrato, que especifica el propietario, el número de registro junto con con el Registro de Turismo, los detalles del turista, las fechas de inicio y finalización de su estancia, el precio total de la estancia y número de contacto.
b) Todos los turistas deben presentar su documento de identificación para que el propietario pueda registrar sus datos de acuerdo con las normas de registro de viajeros en hoteles y símiles.
c) Los tiempos de llegada y salida serán por mutuo acuerdo entre el propietario y el arrendatario. A menos que se indique lo contrario, la hora de llegada será a las 16:00 y la hora de salida a las 12:00.
d) Al llegar, el propietario debe proporcionar llaves y/o tarjetas de acceso a todo el complejo, así como información sobre el uso de los electrodomésticos y las reglas de la comunidad.
e) El precio anunciado debe ser por noche y debe incluir los costos del uso de agua, luz, limpieza y ropa de cama.
f) Los términos de precio, reserva y pago se establecerán entre las dos partes, sin embargo, deben especificarse en detalle antes de la confirmación de la reserva. Se debe proporcionar un comprobante de pagos adelantados, en caso que corresponda.
g) El propietario puede solicitar un anticipo como depósito hasta del 30% del precio total a menos que se haya acordado previamente.
h) Si el arrendatario cancela su reserva hasta 10 días antes, el propietario puede conservar hasta el 50% del depósito. Si la cancelación se realiza con menos de 10 días, pueden quedarse con el pago anticipado completo.
i) Si el propietario cancela la reserva con hasta 10 días de anticipación, debe devolver el pago anticipado completo al arrendatario. Si la cancelación se realiza con menos de 10 días de antelación, deberán compensar al arrendatario con el 30% del precio de la estadía acordada.
Sanciones:
Todas las propiedades que no estén registradas o no hayan presentado una declaración de responsabilidad y se estén alquilando con fines turísticos, podrían recibir una multa de hasta 180,000 euros. Además, cualquier propiedad que no cumpla con los requisitos de este Decreto también puede ser multada.
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